Es ley: los empleados estatales tendrán quince días de licencia por paternidad
Mendoza, 08 de Mayo de 2014
Nota: sitioandino.com
Esta mañana la Cámara de Diputados convirtió en ley la iniciativa de la diputada Sonia Carmona (PJ) que modifica el título del capítulo de la Ley N° 5811, por lo cual se extenderá a quince días, la licencia por paternidad a partir del nacimiento del niño/a o por adopción contados a partir de la entrega del niño, a los agentes que se desempeñan en al ámbito de la provincia en los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, entes Autárquicos, Descentralizados y Organismos de Control. Antes los hombres podían tomarse solamente dos días de licencia en estos casos.
Nota: sitioandino.com
Esta mañana la Cámara de Diputados convirtió en ley la iniciativa de la diputada Sonia Carmona (PJ) que modifica el título del capítulo de la Ley N° 5811, por lo cual se extenderá a quince días, la licencia por paternidad a partir del nacimiento del niño/a o por adopción contados a partir de la entrega del niño, a los agentes que se desempeñan en al ámbito de la provincia en los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, entes Autárquicos, Descentralizados y Organismos de Control. Antes los hombres podían tomarse solamente dos días de licencia en estos casos.
De acuerdo a los fundamentos del
proyecto se busca revalorizar la familia y redefinir las funciones
maternas y paternas, como “herramienta legal concreta para garantizar
los derechos de los padres, en la crianza del niño, mediante una
distribución más equitativa en los roles de mujeres y varones en el
ámbito público y privado, entendiendo que la igualdad de oportunidades
en este sentido deben ser garantizados desde prácticas cotidianas que se
fortalezcan al amparo de la ley”.
Asimismo, “garantizar la igualdad de oportunidades para hombres y mujeres” y “desterrar
la arraigada concepción de que sería natural que por ser mujer,
exclusivamente la madre debería ocuparse abnegadamente del cuidado de la
prole”, explican los fundamentos.
En el mismo sentido, se resalta
que “la función paterna trasciende largamente al hecho biológico de la
procreación”, ya que “el padre es padre porque ese niño o niña le
significa algo importante, es padre porque desde los vínculos
conformados en esa relación lo inviste como hijo/a”.
Es así que, desde la presente iniciativa se propone
incluir en la licencia por paternidad a los padres adoptivos, hasta el
momento no contemplados por la ley de licencias y permisos especiales.
Con ello, en este aspecto, se da reconocimiento legal, tanto a padres
como a hijos adoptivos.
Finalmente, la norma establece
que se invite a los Municipios a la adhesión, para los agentes incluidos
en las administraciones de las comunas y al sector privado.
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