Incendio eran los de antes…
.20/07/2011
Nota R.J.A.
Antes del año 2006 los establecimientos e Industrias no contaban con el sistema de seguridad contra incendio, por lo tanto no había instituciones que exigieran la instalación de estos sistemas, debido a esto los incendios que se originaban eran de grandes magnitudes con gran cantidad de perdidas económicas y humana, debido a la mala distribución de las cargas de fuego (acopios de materiales), a las precarias instalación eléctrica, salidas de emergencia, detectores de humo, a la falta de extintores o de nichos hidrantes, etc. A partir de ese momento se establece la Ley 7499/06, lugar donde la Dirección de Bomberos y los municipios de la provincia establecen la exigencia de los sistemas contra incendio y evacuación, dándole a la Dirección Bomberos, por tener el carácter Policial, el control para inspeccionar y otorgar las certificación para las habilitaciones con la Sub-Secretaria de Trabajo y de Seguridad Social de la Provincia. Gracias a esto se pudo disminuir de una forma considerable los riesgos de incendios y de grandes pérdidas económicas; hoy en día el 70% de los locales cuentan con esta certificación, la cual es renovable anualmente y sirve para la habilitación municipal.
Nota R.J.A.
Soy el Sgto. Marcos Giménez, Lic. en Sistema contra incendio y Técnico Universitario en Higiene y Seguridad; encargado de la Inspección de Bomberos San Rafael, en el cual la Jefatura de la Zona Sur se encuentra a cargo el Sub-Crío. Mario Jerez. Este Departamento se encarga de hacer cumplir la Ley 7499/06 de la Dir. Bomberos , donde exige que todos los locales comerciales, Industriales, Hoteles, Residenciales, Edificios Habitacionales, Restoranes y locales de diversiones Nocturnas deben poseer habilitación de sistema de seguridad contra incendios y de evacuación “CEMEPACI”.
Sub.Crío Mario Jerez |
Requisitos Básicos para la certificación de Bomberos:
-. La misma es confeccionada por un profesional en Higiene y Seguridad.
-. Memoria técnica Descriptiva del local, según ley 19587 Art. 160 al 187.
-. Plano de planta con los sistemas de seguridad contra incendio, sistema de evacuación, cartelera e iluminación de emergencia y sector de seguridad.
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