LA SEGURIDAD EN MANOS DEL ESTADO, YA FRACASÓ, ES LA HORA DE QUE LOS CIUDADANOS PARTICIPEMOS SERIAMENTE EN ELLA.

Argentina, 27 de Septiembre de 2015
Nota:  change.org

20/9/15 Argentina. Dirigida a Senador Nacional Rodríguez Saá , Adolfo y a 7 otros Ante la maniobra de pinzas contra los Legítimos Derechos de los Propietarios de Armas Legalmente Registradas, ocurrida el 14 de abril de 2004, PEDIMOS LA DEROGACIÓN de los párrafos 3º,4º,5º,6º y 7º del Inciso 2º del Artículo 189 Bis. del Código Penal.




Motiva esta petición el hecho de que la normativa citada del Código Penal, se ha dictado para criminalizar, discriminar y estigmatizar a los Propietarios de Armas de Fuego Legalmente registradas.

Si la intención fuera la de reprimir la circulación de armas ilegales en poder de la delincuencia, mal puede entonces reprimirse a aquel civil que porte de manera oculta un arma de la cual es Legítimo Usuario y tenga autorizada su tenencia, ya que es una conducta que no genera peligro ni amenaza ni intimidación alguna ni lesiona bien jurídico alguno; máxime cuando a partir de la fecha de la Ley denunciada, el RENAR inició la denegación de renovación de las portaciones a quienes las tuvieron durante años durante los cuales demostraron una conducta ejemplar.

Esta represión de los inocentes, es el expansionismo penal manifestado con total ligereza y que viene a sancionar con penas criminales el incumplimiento genérico de disposiciones legales administrativas que el propio gobierno tornó de cumplimiento imposible mediante una maniobra de pinzas contra la gente de bien, ya el RENAR en la misma fecha de la ley acusada, comenzó a denegar las franquicias de portación de armas de manera manifiestamente sorpresiva y arbitraria a quienes reunían todos los requisitos legales para obtener la renovación. Denunciamos el uso de tipos penales abiertos o en blanco como presupuesto para inculpar a inocentes y aplicarles sanciones penales como si fueran delincuentes al tiempo que el RENAR deniega la renovación de portaciones y el otorgamiento de nuevas franquicias a quienes tienen Derecho a ellas, produciendo la maniobra política referida.

Para el caso de que los Honorables Legisladores, tengan algún interés en que se reprima la portación de armas ilegales por parte de los delincuentes, proponemos como solución al galimatías Jurídico la siguiente tipificación: 

a) "Quien porte un arma no registrada, será reprimido con..."(la sanción que el H. Congreso estime corresponder).

b)"La tenencia y/o portación de armas de fuego debidamente registradas por parte de quienes acrediten su condición de Tenedores autorizados de las mismas, no están alcanzados por ninguna de las saciones emergentes del presente Código".

Obsérvese que en el anteproyecto de reforma del Código Penal, se llega al absurdo de imponer la misma pena al delincuente que porta un arma ilegal con fines delictivos que al Legítimo Usuario que porta el arma de su propiedad por razones de Seguridad y Defensa: esto constituye un verdadero absurdo jurídico, pero con el siniestro resultado  de aplicar la misma sanción penal al inocente que al culpable.


Carta dirigida a
Senador Nacional Rodríguez Saá , Adolfo
Diputado Nacional ALEJANDRO ABRAHAM
Senadora Nacional Michetti , Marta Gabriela
y 5 otros(as)

https://www.change.org/p/rodr%C3%ADguez-sa%C3%A1-adolfo-ante-la-maniobra-de-pinzas-contra-los-leg%C3%ADtimos-derechos-de-los-propietarios-de-armas-legalmente-registradas-ocurrida-el-14-de-abril-de-2004-pedimos-la-derogaci%C3%B3n-de-los-p%C3%A1rrafos-3o-4o-5o-6o-y-7o-del-inciso-2o-del-art%C3%ADculo-189-bi

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