Día nacional del Policía, desde Mendoza, nuestros saludos a todos los camaradas argentinos…
Argentina, 19 de Abril
Nota R.J.A.
La fecha elegida 19 de Abril, tuvo origen en el seno del
Convenio Policial Argentino, que reúne a los Policías y Fuerzas de seguridad
del País.
Se establece el 19 de abril de cada año como "DÍA NACIONAL DEL POLICÍA", debido a que en esa fecha, en 1947, se sentaron las bases del actual Convenio Policial Argentino y en 1983, se aprobó el Reglamento de esa Organización.
VISTO el expediente Nº 419-01-000014/98 del Registro del CONSEJO POLICIAL PERMANENTE del CONVENIO POLICIAL ARGENTINO, a través del cual se propicia instituir el "DÍA NACIONAL DEL POLICÍA", para ser conmemorado el 19 de abril de cada año; y CONSIDERANDO:
Que, todas las policías y fuerzas de seguridad del país, de manera unánime han entendido conveniente establecer el 19 de abril de cada año como "DÍA NACIONAL DEL POLICÍA" , debido a que en esa fecha, en 1947, se sentaron las bases del actual Convenio Policial Argentino y en 1983, se aprobó el Reglamento de esa Organización.
Que,la Dirección General
de Asuntos Jurídicos del Ministerio del Interior, se expidió favorablemente.
Que, el presente se inscribe dentro del contexto de facultades otorgadas al PODER EJECUTIVO NACIONAL, conforme al artículo 99, inciso 1) dela Constitución Nacional.
DECRETA:
Nota R.J.A.
Se establece el 19 de abril de cada año como "DÍA NACIONAL DEL POLICÍA", debido a que en esa fecha, en 1947, se sentaron las bases del actual Convenio Policial Argentino y en 1983, se aprobó el Reglamento de esa Organización.
Feliz Día Camaradas Argentinos |
Decreto 368/99
Institúyese el 19 de
abril, como "DÍA NACIONAL DEL POLICÍA".
Bs. As., 16/4/99
VISTO el expediente Nº 419-01-000014/98 del Registro del CONSEJO POLICIAL PERMANENTE del CONVENIO POLICIAL ARGENTINO, a través del cual se propicia instituir el "DÍA NACIONAL DEL POLICÍA", para ser conmemorado el 19 de abril de cada año; y CONSIDERANDO:
Que, el mismo ha sido presentado al PODER EJECUTIVO NACIONAL
por el señor Presidente del Consejo Policial Permanente, conforme al mandato
que le fuera conferido por el XIII - Congreso de Jefes de Policía y Fuerzas de
Seguridad del País, desarrollado en el año 1994, en la localidad de San Martín
de los Andes, Provincia del NEUQUEN y a lo resuelto en la V º Reunión Ordinaria del Consejo
Policial Permanente - Período 1997/98, realizada los días 16, 17 y 18 de abril
de 1998, en la Ciudad
de Río Gallegos, Provincia de SANTA CRUZ.
Que, dicha propuesta
se fundamenta en la necesidad que a nivel nacional —en un día determinado— se
establezca ante la comunidad, el recordatorio de la invalorable misión que
desarrollan todas las instituciones policiales y fuerzas de seguridad del país,
como una forma permanente de revalorizar la imagen de quienes integran dichas
instituciones, honrando con particular sentimiento a aquellos que han ofrendado
su vida en "cumplimiento del deber".
Que, los sólidos
vínculos entre las instituciones policiales y fuerzas de seguridad reclaman
tener una celebración coincidente.
Que, el acto central
a realizarse cada año en un punto geográfico distinto sería una muestra más del
federalismo que anima al Convenio Policial Argentino.
Que, todas las policías y fuerzas de seguridad del país, de manera unánime han entendido conveniente establecer el 19 de abril de cada año como "DÍA NACIONAL DEL POLICÍA" , debido a que en esa fecha, en 1947, se sentaron las bases del actual Convenio Policial Argentino y en 1983, se aprobó el Reglamento de esa Organización.
Que,
Que, el presente se inscribe dentro del contexto de facultades otorgadas al PODER EJECUTIVO NACIONAL, conforme al artículo 99, inciso 1) de
Por ello;
EL
PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Instituir como "DÍA NACIONAL DEL POLICÍA el 19 de abril, que se celebrará todos los años, a fin de evocar
la ardua misión de las instituciones policiales y fuerzas de seguridad del
país, felicitar a quienes se hubieren destacado extraordinariamente y rendir
honores a quienes en cumplimiento del deber murieron o sufrieron grave daño en
su salud.
Art. 2º — La institución del "DÍA NACIONAL DEL POLICÍA" se circunscribe a la
Policía y Fuerzas de Seguridad que dependen del Gobierno
Federal, invitándose consecuentemente a los Gobiernos Provinciales a adherir a
esta medida, con el propósito de extender el reconocimiento a los integrantes
de las instituciones policiales de todo el país, sin distinciones
jurisdiccionales.
Art. 3º — Cada año, se realizará un acto alusivo central, en
la ciudad que se consensúe en el seno del Consejo Policial Permanente, debiendo
efectuarse la conmemoración en forma rotativa, entre aquellas provincias que
adhieran a este homenaje.
Art. 4º — El día indicado, asimismo, todas las unidades de
las policías y fuerzas de seguridad del país, cuyos gobiernos compartan esta
iniciativa, efectuarán ceremonias acordes.
Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Carlos V. Corach.
Felicidades a todos los cuarteles de bomberos...- estamos con ustedes para lo que necesiten ...
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