Argentina, 4 de Octubre de 2015
Nota: change.org
El fin de esta petición es eliminar la obligatoriedad de afiliación a
obra social OSEP para todos los empleados públicos en la provincia. Y
poder optar por afiliación voluntaria a otras obras sociales.
El artículo díce.
ART. 2.- La obra social de empleados públicos tiene como objeto
principal asegurar la prestación de servicios médico asistenciales que
contribuyan a la preservación de la salud física y psíquica de sus
afiliados, sin perjuicio de ampliarlo a otros beneficios sociales, con
las limitaciones que impongan las posibilidades técnicofinancieras y las
reglamentaciones y resoluciones que se dicten. La OSEP podrá otorgar
las prestaciones por sí o por medio de terceros.
a) Serán prioritariamente beneficiarios de los servicios de la OSEP
las personas comprendidas por el régimen de empleo público: jubilados y
pensionados de la administración pública provincial y municipal,
organismos estatales descentralizados o autárquicos. Su afiliación es
obligatoria, así como la del grupo familiar primario, en las condiciones
que se establecen en este estatuto y las reglamentaciones que en
consecuencia se dicten.
Reforma:
a) Serán prioritariamente beneficiarios si así lo desean de los
servicios de OSEP las personas comprendidas por el régimen de empleo
público: jubilados y pensionados de la administración pública provincial
y municipal, organismos estatales descentralizados o autárquicos.
Es obligatorio pertenecer a una obra social y voluntaria la
afiliación a OSEP, así como la del grupo familiar primario, en las
condiciones que se establecen en este estatuto y las reglamentaciones
que en consecuencia se dicten.
https://www.change.org/p/empleados-publicos-mendoza-no-obligatoriedad-obra-social-osep-reforma-ley-provincial-ley-4-373-articulo-2?recruiter=393653637&utm_source=share_petition&utm_medium=copylink
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